

*MERCANCIA NACIONALIZADA
Es la mercancía de origen extranjero que se encuentra en libre disposición por haberse cumplido todos los trámites y formalidades exigidos por las normas aduaneras.
*MERCANCIA A LIBRE DISPOSICION:
Es la mercancía que no se encuentra sometida a restricción aduanera alguna.
*MERCANCIA DE DISPOSICION RESTRINGIDA:
Es la mercancía sometida a restricciones aduaneras para su circulación, enajenación o destinación. Estas mercancías, pese a haber obtenido la autorización de levante, quedan condicionadas al cumplimiento de requisitos posteriores para su enajenación, cambio de titular de la importación, o cambio circunscripción territorial: en la mayoría de los casos requieren autorización previa de la autoridad aduanera.
*MERCANCIA DECLARADA:
Es la mercancía nacional o extranjera que se encuentra descrita en una Declaración de Exportación, de Tránsito Aduanero o de Importación.
*MENAJE:
Es el conjunto de muebles, aparatos y demás accesorios de utilización normal en una vivienda.
*MANIFIESTO DE CARGA:
Es el documento que contiene la relación de todos los bultos que comprenden la carga, incluida la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte y que van a ser cargados o descargados en un puerto o aeropuerto, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes y que el capitán o conductor de dicho medio debe entregar con su firma a la autoridad aduanera.
*MANIFIESTO EXPRESO:
Es el documento que contiene la individualización de cada uno de los documentos de transporte correspondientes a las mercancías que son introducidas al territorio aduanero nacional o salen de él bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.
*INFRACION ADUANERA:
Son el conjunto de faltas en las que pueden incurrir los usuarios aduaneros, cuando incumplan sus obligaciones en desarrollo de las operaciones de comercio exterior, o de su actividad económica. Es toda acción u omisión que conlleva la trasgresión de la legislación aduanera." ( Ver Art. 1º del decreto 2685 de 1999).
*ENDOSO ADUANERO:
Es aquel que realiza el último consignatario del documento de transporte, a nombre de un intermediario aduanero para efectuar trámites ante la autoridad aduanera. El endoso aduanero no transfiere el dominio de las mercancías.
*DOCUMENTO DE VIAJE:
Son el Manifiesto de Carga, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones, las guías aéreas, los conocimientos de embarque o cartas de porte, según corresponda, y el documento consolidador de carga y sus documentos hijos, cuando a ello haya lugar.
*ADUANA DE PARTIDA:
Oficina aduanera donde comienza una operación de tránsito aduanero.
*ABANDONO LEGAL:
Acto jurídico mediante el cual las mercancías extranjeras quedan en condiciones de ser subastadas en público remate por haber vencido todos los plazos para ser importadas legalment
*ABANDONO VOLUNTARIO:
Es el acto mediante el cual quien tiene derecho a disponer de la mercancía comunica por escrito a la autoridad aduanera que la deja a favor de la Nación en forma total o parcial, siempre y cuando el abandono sea aceptado por la autoridad aduanera. En este evento el oferente deberá sufragar los gastos que el abandono ocasione.
*AUTORIDAD ADUANERA:
Es el funcionario público o dependencia oficial que en virtud de la Ley y en ejercicio de sus funciones, tiene la facultad para exigir o controlar el cumplimiento de las normas aduaneras.
*ARTICULOS PROPIOS DEL ARTE U OFICIO:
*AVERIA GRUESA:
Es una cobertura del seguro de transportes, con el objeto de preservar de un peligro de pérdida las mercancías transportadas, que se incurra intencionalmente con el fin de evitar daños mayores. Consiste en el sacrificio (inclusive de mercadería), o gasto extraordinario y debe darse imprescindiblemente tres condiciones: que el hecho sea voluntario, que sea necesario, que se lleve a cabo con éxito. De realizarse, todos los bienes que resultaron beneficiados con el sacrificio (incluso la embarcación) deben participar en forma proporcional a su valor en el pago de los gastos y pérdidas incurridas
*CARGA GENERAL :
Es aquella que se presenta en estado sólido, liquido o gaseoso, y que estando embalada o sin embalar, puede ser tratada como unidad. La carga general se transporta en embalajes cuya forma, peso y dimensiones, se ajustan a las características propias de éstas, y su manejo se lleva a cabo con el equipo básico del puerto-CONFERENCIA MARITIMA:Conjunto de líneas de transporte marítimo que efectúan servicios regulares entre distintos puertos, con el fin de regular las disposiciones que afecten de igual manera a todos y evitar así la competencia desleal entre ellos.
*CONSIGNATARIO:
Persona a quien va destinado un cargamento o mercaderias el que resibe en deposito,por auto judisial en dinero que otro consigma.
*EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO:
quipaje no Acompañado es el equipaje que llega o sale del país con anterioridad o posterioridad a tu llegada, “máximo 1 mes antes ó 3 meses después”.
*ESTIBA:
Se define como estiba el arte de colocar la carga a bordo para ser transportada con un máximo de seguridad para el buque y su tripulación ocupando el mínimo espacio posible, evitando averías en la misma y reduciendo al mínimo las demoras en el puerto de descarga. De aquí que se puedan identificar como objetivos de toda buena estiba los siguientes:-Portacontenedor cargando en Copenague-Proteger al buque y a su tripulación de daños y averías.-Aprovechar al máximo el volumen del buque para poder cargar el máximo de carga-Proteger la carga de daños o averías.-Hacer la estiba de forma que las operaciones portuarias sean lo más rápidas posibles.
*FACTOR DE ESTIBA:
Factor de estiba (también llamado coeficiente de estiba): Se define como factor de estiba a la relación entre el volumen ocupado y el peso de un determinado producto. En términos teóricos es la inversa del peso específico de una mercadería, pero este factor incluye la pérdida de espacio entre bulto y bulto para cargas generales o entre grano y grano para graneles; por eso, el factor de estiba tiene un valor mayor que la cifra de la inversa del peso específico de la mercadería.
El factor de estiba de un producto varía en función de múltiples variables. Por ejemplo, en granos, el contenido de humedad, la procedencia o la variedad vegetal de que se trate; en fardos o balas (fardos de algodón o lana), de las características de cada máquina enfardadora.Fe = Volumen / Peso ó
El factor de estiba permite calcular el peso de una mercadería almacenada (o transportada) en un contenedor tanque o bodega de volumen conocido.
En transporte marítimo el concepto de factor de estiba cobra especial relevancia por la siguiente equivalencia: 1 tonelada de agua dulce ocupa 1 metro cúbico de volumen. Dicho de otra manera el factor de estiba del agua dulce es ó aprox. . Según se emplee el sistema métrico decimal o el sistema inglés se tendrá el Fe en metros cúbicos por tonelada métrica o pies cúbicos por tonelada inglesa.
Dado que los fletes marítimos se calculan por peso o volumen según lo que resulte mayor, la equivalencia descrita más arriba sirve de referencia para considerar si una carga se tarifa por peso o por volumen.
Toda carga cuyo factor de estiba sea superior a 1 ó 36 (en el sistema métrico o inglés, respectivamente) será considerada carga de volumen, porque ocupa un volumen mayor de lo que oucparía su peso en agua.
*FACTURAS DE COMERCIAL:
Es el documento original, expedido por el vendedor o proveedor de la mercancía, no debe presentar borrones, enmendaduras o adulteraciones.
*REQUISISTOS:
-Fecha de expedición
-Nombre y Dirección del vendedor.
-Nombre del comprador.
-Descripción de la Mercancia.
-Cantidad y precio a pagar por mercancía negociada.
-Moneda de negociación.
Ej: Yenes, Dolares, US.-Condiciones de entrega. Terminos Incoterm
*FACTORAS PROFORMA:
*FLETADOR:
Proposición o fórmula por medio de la cual se define dando un conjunto de propiedades suficiente para designar de manera unívoca un objeto, individuo, grupo o idea:una definición debe ser clara y exacta.
*GRAVAMEN ARANCELARIO:
Son derechos conteplados en el arancel de aduanas
*GUIA DE TRAFICO POSTAL:
La Guía aprovecha la estructura de un itinerario pedagógico sugerido por el SMM, proporcionando indicaciones para el uso adecuado de la publicación. Este material didáctico está incluido en el Programa de Prevención del Tráfico de Personas, que está siendo desarrollado con jóvenes y adolescentes de 15 a 19 años en las escuelas públicas estatales de Enseñanza Media, de las ciudades de Uruaçu, Goiás; Maceió, Alagoas y São Sebastião, litoral norte de San Pablo.
*INFORMACION ADUANERA:
Accion o mision intermacional o no que viola lo dispuesto en el decreto ley de aduanas sus dispociciones complementarias y las emitidas por ortos organos y organismo copetentes apicable por la aduana
*INSPECION ADUANERA:
Se podria determinar la pactica de la inspecion fisica o documental de la mercancia dentro del proceso de exportacion por lo cual el declarante devera entregar a la administracion aduanas respectivas los documentos originales soporte de la autorizacion del embarque
*PALLET:
Un pallet, es una estructura de agrupación de carga, fabricada generalemete con madera. La funcionalidad del pallet, es el transportar carga, generalmente, fruta. Por lo mismo, los pallet, tiene forma rectangular o cuadrada. Esto es, para que sea más fácil su manipulación.
*PAQUETES POSTALES:
El paquete postal es el envío de algún contenido por correo, dentro de una caja o paquete cerrado. La tarifa abonable por el porte y distribución, además de la distancia, tiene en cuenta el peso y/o volúmen del paquete.
*PESO BRUTO:
Es la unidad de medida de la mercancia expresada en kilogramos incluyendo el embalaje
*PESO NETO:
Es la unidad de la medida de la mercancia expresada por kilogramos sin incluir el embalaje
*PLANILLA DE ENVIO:
Es el documento que expide el transportador mediante el cual se utiliza regista y ampara el translado de la carga de bajo control aduanero del lugar de arriba hacia a un deposito habilitado a una zona aduanera ubicados en la misma juridicion aduanera
*POLIZA DE FLETAMIENTO:
Documento en el que se fortaliza la operacion del transporte en un buque
*POTESTAD ADUANERA:
Es el conjunto de facultades y atribuciones que tiene la autoridad aduanera para controlar el ingreso permanencia translado y salida de la mercancia hacia y desde el territorio aduanero nacional
*PESINTO ADUANERO:
Es el conjumto formado por un fleje cordel o elemento analogo que finaliza en el sello o marchamo y de que da su naturaleza y caracteristica permite a la a utoridad controlar efectivamente la seguridad de la mercancia
*PROCESO DE IMPORTACION:
Es aquel que se inicia con el aviso de llegada de medio de transporte y finaliza con la autoridad del levante de la mercancia previo pago de los tributos y sanciones cuando alla lugar a ello
*PROVICIONES DE ABORDO PARA CONSUMO:
Son las mercancias destinadas al consumo de los pasajeros y muienbros de la tripulacion aborde del buque aeronave o trenes qu realicen viajes internacionales ya sea objeto de venta o no y las mercancia nesesarias para el fundamento y la conservacion de los mismos incluyendo los combustibles carburantes y lubricantes
*CONOCIMIENTO DE EMBARQUE:
El Conocimiento de embarque es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo al medio de transporte toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o "Bill of Lading" o conocimiento de embarque aéreo "Airwail", guía aérea, si es por vía aérea)".
El ‘conocimiento de embarque’ es el documento por medio del cual se instrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es el equivalente a la ‘carta de porte’ en el transporte aéreo o terrestre.
El ‘conocimiento’ debe ser entregado por el transportador, capitán o agente marítimo, al cargador, contra la devolución de los recibos provisionales
*CARGA A GRANEL:
Es toda carga sólida, líquida o gaseosa, transportada en forma masiva, homogénea, sin empaque, cuya manipulación usual no deba realizarse por unidades.
CARGA A GRANEL LIQUIDO :
Es la carga constituida por sólidos o gases que vienen sin empaque o envase y no pierden su condición en ningunas de las distintas fases de la operación portuaria.
CARGA A GRANEL SOLIDO :
Carga constituida por sólidos que vienen sin empaque o envase y no pierden su condición en ninguna de las distintas fases de la operación portuaria.
*CARTA DE PORTE:
Documento de transporte por vía férrea o por vía terrestre que expide el transportador y que tiene los mismos efectos del conocimiento de embarque.
*BULTO:
Embalaje con su contenido tal como se presenta para el transporte
*AUTORIZACION DEL EMBARQUE:
Es el acto mediante el cual la autoridad aduanera permite la exportación de mercancías que han sido sometidas al régimen de exportación.
*ALMACENAMIENTO:
Bajo este término genérico se agrupan dispositivos y software dedicados al archivo de datos e información. Existen diferentes tipos de dispositivos de almacenamiento: discos, disquetes, discos ópticos, cintas, cartuchos, etc. Cada uno de ellos tiene ventajas e inconvenientes, y resultan más o menos adecuados para diferentes utilizaciones. En el caso de la microinformática, los dispositivos de almacenamiento más habituales son los discos duros o fijos, los disquetes o discos flexibles (de diferentes tamaños estandarizados) y los CDROM, que si bien no permiten almacenar información desde un PC estándar, sí facilitan el acceso a más de 650 MB de datos fácilmente
*AGENTE MARITIMO :
Es la persona que representa en tierra al Armador, para todos los efectos relacionados con la embarcación.
*AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL:
Persona que puede realizar y recibir embarques, consolidar y desconsolidar mercancías, actuar como Operador de Transporte Multimodal sujetándose a las leyes de la materia y emitir documentos propios de su actividad, tales como conocimientos de embarque, guías aéreas, certificados de recepción, certificados de transporte y similares.
*ADUANA DE DESTINO:
Oficina aduanera donde termina una operación de tránsito aduanero.
*ADUANA DE PASO:
Oficina aduanera que no siendo ni la de partida ni la de destino interviene en el control de una operación de tránsito aduanero
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